Sala Penal ratifica criterio que establece oportunidades para solicitar la prorroga de la medida de aseguramiento
Las medidas de aseguramiento son detenciones excepcionales y de carácter precautelar, así lo reconoce la sentencia C-390 de 2014 de la Corte Constitucional, cuando señala que su uso excesivo conlleva a su desvalorización y, en consecuencia, a la pérdida de su condición precautelar. Ahora bien, dado a la imperiosa necesidad de ajustar la normativa penal interna con los cánones internacionales, el legislador consideró prudente establecer un término máximo, de un (01) año, para su aplicación, prorrogable por un año más, en el entendido que dicho lapso de tiempo comporta una especie de plazo razonable que no desnaturaliza el fin perseguido por esta, que no es otro que la salvaguarda del proceso. En todo caso, si ya de por sí la medida es excepcional, su prorroga debe ser aún más, por consiguiente, su prolongación debe atender a criterios objetivos exhaustivamente valorados por el Juez de Garantía. Entonces, la ley ofrece dos escenarios, (i) un régimen general, en el ...
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